Consideraciones generales del plan BEPS

¿Qué es el plan BEPS?* El plan BEPS (por las siglas en inglés de action plan vs. base erosion and profit shifting) es una respuesta del G-20, a las prácticas fiscales agresivas que han sido instrumentadas por algunos contribuyentes de carácter multinacional en los últimos años. El plan BEPS es coordinado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y busca en términos generales establecer nuevas pautas en materia de política fiscal y reformar las reglas en materia de tributación internacional y precios de transferencia, permitiendo que las utilidades sean gravadas en donde hay actividad económica y se genera valor.

Intangibles: Una reforma sustancial al régimen de precios de transferencia

Intangibles: Nuevos Lineamientos BEPS Una de las preocupaciones centrales de la OCDE en cuanto a los mecanismos de erosión de la base gravable empleados por los contribuyentes tiene que ver con el uso de intangibles, en particular en cuanto la distorsión de su valor en operaciones controladas, o inclusive a la asignación estratégica de los mismos en regímenes preferenciales, sin consideración de reglas de precios de transferencia que les pudieran ser aplicables. Por estos motivos, el capítulo VI de los lineamientos de precios de transferencia fue modificado de manera sustantiva, para dar cabida a nuevas reglas que limiten las posibilidades de uso de

Acción 13 del plan BEPS. Reporte país a país y documentación de precios de transferencia

Hacia una era de transparencia fiscal Una de las acciones más visibles del plan BEPS es la acción 13, (reporte país a país y documentación de precios de transferencia), dicha acción busca transparentar para efectos fiscales la manera en la que los grupos multinacionales se organizan y efectúan operaciones intercompañía. La acción 13 ha entrado en vigor, modificando el capítulo V de los lineamientos de precios de transferencia para 2017, y en México, mediante la incorporación del artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta en 2016. El estándar tripartito de documentación propuesto por la acción 13 La acción 13 del

Safe harbor de la OCDE para servicios de bajo valor agregado. ¿Una opción para economías emergentes?

Uso de márgenes preestablecidos de utilidad en servicios intercompañía Una de las novedades que trajo consigo la emisión del plan de acción de la OCDE para combatir la evasión fiscal y la transferencia de utilidades (el plan BEPS), es la propuesta de un “safe harbor” en relación a servicios intercompañía de bajo valor agregado. Dicho safe harbor  bajo ciertas restricciones permitiría trasladar cierto tipo de servicios de soporte (no asociados en modo alguno a la actividad principal de negocios del receptor) a su costo total, más un margen de utilidad de 5%. El uso del safe harbor por parte de los grupos multinacionales